El complemento de comercio exterior para CFDI es un anexo a la factura electrónica que permite identificar a los exportadores e importadores, además de ampliar la descripción de las mercancías comercializadas. El objetivo es mejorar la seguridad y el control fiscal en las operaciones internacionales. Pero, más allá de eso, también supone un avance en la homologación de los documentos electrónicos que se emplean en el comercio exterior. De hecho, este complemento podría sustituir en un futuro al Comprobante de Valor Electrónico.
El Complemento de Comercio Exterior es una obligación clave para los contribuyentes que exportan mercancías de manera definitiva.
Cuando la mercancía exportada sea vendida o enajenada en los términos que marca el artículo 14 del Código Fiscal de la Federación, es obligación del contribuyente emitir el CFDI e incorporar el Complemento de Comercio Exterior, que permitirá identificar y vincular con certeza a importadores y exportadores.
Cuando los bienes a exportar sean enajenados a título gratuito, como el caso del envío de muestras, el contribuyente dispone de dos opciones para emitir su complemento:
- Emitir el comprobante del tipo Ingreso, se debe incluir la descripción y el valor mercantil, pero se deberá establecer un
descuento por el mismo monto para que el CFDI resulte con valor 0, al incorporar el complemento, no se debe incluir el nodo
propietario ni el Motivo de Traslado.
- Emitir el comprobante como tipo Traslado, es necesario incorporar el complemento e incluir el nodo Propietario y el campo
motivo de Traslado.
- Identificar a exportadores e importadores
- Ampliar la descripción de las mercancías comercializadas
- Poder consignar a más de un destinatario dentro de la misma factura.
- Contar con una fracción arancelaria que no estaba disponible en la versión anterior.
- Disponer de atributos para detallar el domicilio del emisor y receptor del comprobante.
Los CFDI del sector exportador deberán contener los datos asociados al tipo de operación, la clave de pedimento, el certificado de origen, el número de exportador y el tipo de cambio. A ello hay que añadir el identificador de registro fiscal del receptor de la mercancía en su país de residencia (por ejemplo, Tax ID en Estados Unidos), su domicilio y la descripción del paquete declarado con sus características específicas.
En estos CFDI, los nodos “Comprobante”, “CFDI Relacionados” y “Emisor” se llenan prácticamente como cualquier otra factura electrónica. Por eso, a continuación, desglosaremos únicamente los aspectos que sí se modifican y cuyo llenado no resulta obvio: